INSCRIPCIÓN FÚTBOL | TEMPORADA 2026/2027

SELECCIONA:

 

RENOVACIONES

(Alumnos que ya pertenece al Club)

 

NUEVA INSCRIPCIÓN

(Alumnos nuevos, primer año o reincorporación en el Club)

Categoría:

Descripción

RENOVACIÓN de alumnos en la modalidad de Fútbol del cd35600

PLAZO de RENOVACIONES: del 6 de abril al 30 de junio del 2026

 

PRIMERA INSCRIPCIÓN para alumnos NUEVOS en la modalidad de Fútbol del cd35600

PLAZO de PRIMERA INSCRIPCIÓN: a partir del 1 de julio 2026 (TRAS CONFIRMACIÓN DE PLAZA POR PARTE DEL CLUB)

 

A los alumnos que se inscriben por primera vez en el cd35600 se les aplica un cobro de adicional, en concepto de gastos administrativos.

Una vez realizado el abono de la inscripción o renovación, el Club procederá a la tramitación burocrática de la mismas por lo que NO se admiten devoluciones.

Una vez tramitada la inscripción o renovación, recibirá un CUPÓN DE COMPRA que estará vinculado al EMAIL que rellenará en los «datos de facturación». Podrá utilizarlo en nuestra TIENDA ON-LINE, y así, adquirir todo lo que necesita para empezar la nueva temporada.

Con este CUPÓN DE COMPRA, podrán comprar cualquier artículo de nuestra tienda (prendas de ropa, inscripción en cualquiera de nuestras actividades, etc) con excepción de este propio producto de inscripción en la Temporada de Fútbol.

El CUPÓN DE COMPRA se podrán usar hasta el 30 de junio de 2027.

Los alumnos que causen BAJA en el club, NO podrán hacer uso del CUPÓN DE COMPRA.

Recordar que TODOS los alumnos deberán ir correctamente uniformados a los ENTRENAMIENTOS del cd35600 (Camiseta de Entrenamiento, Pantalón de entrenamiento, Medias de entrenamiento)

Recordar que TODOS los alumnos FEDERADOS deberán ir correctamente uniformados a los PARTIDOS del cd35600 (Bermuda de Paseo y Polo de Paseo)

Información adicional

BAJA FEDERATIVA

CLÁUSULA DE BAJA FEDERATIVA Y COMPENSACIÓN ECONÓMICA

1. Requisitos Previos, Solicitud y Plazo:

Para que la solicitud de baja federativa sea considerada válida y se pueda iniciar su trámite, el jugador debe cumplir los siguientes requisitos de manera concurrente:

a) Estar al Corriente de Pago: La cuota de inscripción de la temporada debe encontrarse abonada en su totalidad, y el jugador (o sus representantes legales) no deben mantener ningún tipo de deuda pendiente o impago con el Club por cualquier concepto.

b) Notificación Formal: El jugador deberá notificar su voluntad a la Dirección Deportiva del Club mediante comunicación fehaciente (que permita dejar constancia de la recepción) con una antelación mínima de quince (15) días naturales respecto a la fecha propuesta de baja.

2. Aprobación y Condición Resolutoria:

La tramitación efectiva y la aprobación de la baja federativa estarán sujetas a la aprobación discrecional de la Dirección Deportiva del Club y se halla condicionada a la verificación de los requisitos del punto 1, así como al previo y completo abono de la compensación económica que se detalla en los puntos siguientes. Dicho importe está destinado a cubrir y compensar los costes inherentes al desarrollo de la actividad deportiva del jugador (incluyendo, sin limitarse a, gastos administrativos, federativos, técnicos, de formación y planificación deportiva) asumidos por el Club para la temporada en curso.

3. Cuantía de la Compensación (Base):

La compensación económica base se fija en la cantidad de Trescientos Euros (300,00 €). Este abono deberá ser realizado íntegramente al Club con carácter previo a cualquier gestión de la baja federativa. Se deja expresa constancia de que esta cuantía no representa tasas o gravámenes externos a la entidad, sino la participación en los gastos internos de estructura y funcionamiento referidos en el punto anterior.

4. Incremento por Antigüedad:

Si la vinculación del jugador con el Club supera una temporada deportiva completa, la compensación base se incrementará en Cincuenta Euros (50,00 €) por cada temporada completa adicional. El importe total de la compensación, incluyendo la base y los incrementos, no excederá en ningún caso el máximo de Seiscientos Euros (600,00 €). Este incremento reconoce la inversión sostenida y acumulada en la formación y desarrollo del jugador.

5. Consecuencia del Incumplimiento:

El incumplimiento del abono de la compensación económica total faculta al Club a suspender o denegar la autorización y tramitación de la baja federativa hasta que se produzca la regularización completa y efectiva de la situación económica por parte del jugador.

6. Excepciones y Exención:

La Junta Directiva del Club se reserva la potestad de evaluar y, en su caso, otorgar la exención total o parcial del pago de esta compensación. Dicha exención requerirá una justificación documental sólida y se limitará a supuestos de fuerza mayor o causa mayor debidamente probados, incluyendo, sin carácter limitativo:

Lesión de larga duración que impida la práctica deportiva.

Traslado de domicilio temporal o permanente por motivos de estudios fuera de la isla.

Traslado de domicilio permanente por motivos familiares o laborales.

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